Acceso a la Información Pública: Tu Derecho Fundamental en la UNaB
El Acceso a la Información Pública es un derecho humano fundamental y una herramienta esencial para la salud democrática. Garantiza la transparencia de la gestión pública y permite a la ciudadanía ejercer el control democrático sobre las instituciones del Estado.
En este marco, la Universidad Nacional Guillermo Brown (UNaB), como Sujeto Obligado del Sector Público Nacional, asume el compromiso de poner a disposición de la comunidad la información relevante sobre su gestión, recursos y resultados, cumpliendo con:
- La Ley Nacional N° 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública.
- La Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales.
- El Estatuto de la UNaB y las reglamentaciones internas que aseguran los procedimientos de acceso y la protección de la información sensible.
Este compromiso se implementa a través de la Transparencia Activa (información publicada en este portal, Artículo 32 de la Ley 27.275) y la Transparencia Reactiva, que es el derecho a solicitar y obtener información específica.
¿Qué es el Derecho de Acceso a la Información Pública?
Es el derecho de toda persona a solicitar y obtener documentos, registros, informes y cualquier otro dato que se encuentre en poder de la UNaB como organismo público, sin necesidad de justificar el motivo de la solicitud.
La Ley 27.275 se rige por principios clave que garantizan este derecho:
¿Cómo solicitar información a la Universidad Nacional Guillermo Brown?
Para ejercer tu derecho de acceso a la información pública (Ley N° 27.275) ante la UNaB, disponés de los siguientes canales oficiales:
- Vía Digital (Recomendada): Podés enviar tu solicitud por correo electrónico a nuestra casilla institucional transparencia@unab.edu.ar.
- Vía Presencial: Acercate a nuestra Mesa de Entradas ubicada en Mitre 1399, Adrogué, de lunes a viernes en el horario de 8 a 15 hs.
Vía de Reclamo por Incumplimiento
Si presentaste una solicitud y la universidad no te respondió en los plazos legales, la respuesta fue ambigua, incompleta o denegada injustificadamente, podés interponer un reclamo ante la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) de las siguientes maneras:
- Trámite digital: Iniciando el reclamo a través del formulario oficial de la AAIP en el siguiente enlace: Reclamar por incumplimiento de una solicitud de acceso a la información pública.
- Contacto directo: Enviando un correo electrónico a la casilla de la autoridad de aplicación: accesoalainformacion@aaip.gob.ar.
Bibliografía y Fundamento Técnico de Referencia
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- Ley N° 27.275 (Artículos 11, 13, 24 y 31): Marco normativo sobre plazos de respuesta, denegatorias y funciones del Responsable de Acceso.
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- Resolución RESOL-2025-148-APN-AAIP: Aprueba e implementa con carácter obligatorio el Sistema de Seguimiento para los sujetos obligados del Sector Público Nacional a partir del 1° de septiembre de 2025.